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viernes, 1 de agosto de 2014

¿Por qué temen tanto en el ministerio de industria a los tribunales de arbitraje?

Se cuenta que un gobierno, por una circunstancia o por otra, a veces se ve obligado a romper un compromiso adquirido. Por poner un ejemplo, imaginemos que un gobierno como el de Argentina que debido a una compleja situación financiera, no puede hacerse cargo de su deuda, y se obligado a hacer una especie de suspensión de pagos y renegociar esa deuda mediante una quita.

Eso es algo que muchos gobiernos de países en vías de desarrollo han hecho mucho, cuando se les ha condonado la deuda.

Imaginemos que un fondo buitre de esos compra parte de esa deuda, una vez devaluada, a precio de risa, y se dedica a pleitear en los tribunales internacionales de arbitraje hasta que consigue que un tribunal le dé la razón y pueda exigir el pago total de la deuda al estado soberano.

Para el fondo buitre, un negocio redondo. Sólo ha tenido que esperar. Para el estado soberano, una jurisprudencia peligrosa. Si acepta el arbitraje y paga, el resto de los deudores exigirán lo mismo, y la deuda íntegra volverá a estar viva.

Esto es lo que ha pasado en Argentina, que quebró a principios del milenio con una deuda aproximada de 200.000 millones de $ y que realizó una quita a esa deuda para poder sobrevivir. Y un fondo buitre acaba de ganarles en un tribunal estadounidense 1.500 millones de $, que si lo pagan, crearía un precedente para que el resto de los deudores reclamaran los 200.000 millones iniciales.

Cualquier libegal que leyera este artículo pensaría que estas cosas sólo pasan en Argentina y por culpa de gobiernos populistas. Pues resulta que el gobierno si no populista, sí popular de España acaba de hacer lo mismo, y tarde o temprano nos va a costar un pastizal.

El año pasado se hizo una reforma eléctrica que eliminaba las primas comprometidas a las renovables, y tras un año de espera, ha publicado las nuevas primas, después de estar medio año pagando arbitrariamente lo que le ha venido en gana. Decenas de centrales fotovoltaicas han quebrado, y los fondos buitre han estado al acecho, comprándolas a bajo coste, dejando parte de la deuda a los antiguos propietarios.

El siguiente paso, pleitear en los tribunales de arbitraje internacional, haciendo incapié en el artículo 10 de el Tratado sobre la Carta de la Energía, que adjunto aquí:

De conformidad con las disposiciones del presente Tratado, las Partes Contratantes fomentarán y crearán condiciones estables, equitativas, favorables y transparentes para que los inversores de otras Partes Contratantes realicen inversiones en su territorio. Entre dichas condiciones se contará el compromiso de conceder en todo momento a las inversiones de los inversores de otras Partes Contratantes un trato justo y equitativo. Estas inversiones gozarán asimismo de una protección y seguridad completas y ninguna Parte Contratante perjudicará en modo alguno, mediante medidas exorbitantes o discriminatorias, la gestión, mantenimiento, uso, disfrute o liquidación de las mismas. En ningún caso podrá concederse a estas inversiones un trato menos favorable que el exigido por el derecho internacional, incluidas las obligaciones en virtud de los tratados. Toda Parte Contratante cumplirá las obligaciones que haya contraído con los inversores o con las inversiones de los inversores de cualquier otra Parte Contratante.

Señalo en negrita los aspectos en los que cualquier juez en cualquier tribunal de arbitraje se fijará para exigir al estado español. En resumen, estos fondos buitre tarde o temprano ganarán los pleitos al gobierno de España y tras ellos, cualquier afectado podrá exigir su parte en forma de indemnización. Nos va a salir un pastizal la broma.

Porque estos fondos buitre no esperan la recuperación del régimen anterior. Se cerrarán las plantas, se calculará el lucro cesante como el dinero que se hubieran embolsado por las plantas durante su vida útil y es ese dineral el que se pedirá.

Ahí está el precedente de Argentina, y por eso están tan acojonados los pánfilos de Ministerio de Industria, con Nadal y Soria a la cabeza. Pensaban que todos tragarían y admitirían la bajada, pero en el intervalo entre julio del año pasado, cuando se derogó el decreto que concedía las primas y junio de este año, cuando han salido las primas, los fondos buitre han comprado por doquier. La titularidad ya es extranjera y pueden actuar en tribunales de arbitraje de cualquier país... que les sea favorable.

El crack puede ascender a los 100.000 millones de euros. El cálculo de esta cifra es en base a una vida media de plantas fotovoltaicas de 35 años, lo que supone a precio de tarifas anteriores a la reforma unos ingresos por MW de 20 millones de €. Hay instalados 5.000 MW en España, lo que supone 100.000 millones de €.

En manos de los fondos buitre hay aproximadamente ya 100 MW. Han invertido unos 100 millones de €, y esperan ganar 2.000 millones de €.

Como en Argentina más o menos.

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viernes, 6 de junio de 2014

La tranquilidad del ignorante. La cagada jurídica del gobierno en la reforma de la retribución a las renovables.

El gobierno la ha vuelto a liar. Han aprobado el decreto de las nuevas retribuciones a las energías renovables. Recortes importantes, retroactividad, y miles de familias que invirtieron en solar fotovoltaica principalmente al borde de la ruina. Fondos buitre haciéndose con centrales por la mitad de su precio, una rentabilidad razonable que se hablaba del 7'5% pero que baja al 5%... y el gobierno tranquilo porque dice que no ha sido discriminatorio, el señor Nadal afirma que se jode por igual a nacionales y a extranjeros, por lo que no temen el aluvión de demandas que son de esperar.

El gobierno duerme tranquilo porque el marrón se lo dejan a los que vengan por detrás, porque esta cagada nos va a costar muchísimo dinero a los españoles. Vamos por partes:

1) La inmensa mayoría de las centrales solares fotovoltaicas tienen consideración de empresas, para poder pagar los impuestos especiales. Y esa consideración de empresa, con la ley concursal en mano, les permite hacer un concurso de acreedores, y como es fácilmente demostrable que la quiebra es por fuerza mayor, los avales personales desaparecen. O lo que es lo mismo, la central solar al banco y a aumentar el agujero financiero de la banca.

2) La ignorancia de Nadal es inconmensurable, solo comparable a su chulería. Si un propietario demanda al gobierno puede fácilmente demostrar la discriminación. Ya no sólo diciendo que si eres nacional no puedes acudir a un tribunal de arbitraje internacional, como las extranjeras, lo cual ya supone una discriminación de facto, sino que la discriminación se centra con las centrales de producción de energía adscritas al régimen ordinario anteriores a 1987, que son las afectadas por los Costes de Transición a la Competencia.

¿Qué son los Costes de Transición a la Competencia? Una prima que recibieron durante muchos años las centrales afectadas que les permitía amortizar sus activos desde el mercado regulado, similar a la prima que reciben las renovables por el RD 667/2007 y anteriores. Esa prima se pagó desde 1988 hasta 2006.

¿Qué centrales se beneficiaron de la prima derivada de los Costes de Transición a la Competencia? Pues todas las centrales en régimen ordinario anteriores a 1987, o sea, la nuclear al completo, la mayor parte de la hidroeléctrica y todo el carbón.

¿Por qué dicen que duermen tranquilos? Porque justifican la defensa de su reforma en el hecho de que lo hacen por un bien común (los sobrecostes del sistema eléctrico). única manera de poder colar un decreto con efectos retroactivos, y que la reforma afecta a todas las partes por igual. El error de bulto es pensar que las partes son sólo las renovables, cuando la realidad es que debe afectar a toda la generación, y con los CTC se demuestra que hay quien ya ha recibido las primas comprometidas, por lo que aparece la discriminación.

Después del nerviosismo inicial, recomendar a los pequeños productores que mantengan la calma en la medida de lo posible. No van a perder sus casas ni sus bienes, porque los avales quedan anulados, lo cual supone una baza importante para negociar con el banco, que es al que menos le interesa tener una central fotovoltaica parada y devaluada entre sus activos.

Y las demandas se van a ganar todas porque al contrario de lo que afirman Nadal y Soria, SÍ que hay discriminación.

¿El problema? El de siempre. Que las eléctricas ganan. Que estos se van de rositas, y que dentro de un par de años, cuando se ganen las primeras demandas, tendremos que pagar el desaguisado entre todos.

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miércoles, 26 de marzo de 2014

¿Representa la prima que reciben las renovables una subvención? Las claves para comprenderla.

Pues rotundamente no. Las primas a las renovables no son más que uno de los múltiples mecanismos de compensación de costes que existen en el mercado eléctrico. No se trata de subvenciones, sino una manera de poder hacer convivir a unas tecnologías de nueva implantación con otras ya amortizadas como la nuclear, hidroeléctrica o carbón, y con otras de volatilidad de precios como los ciclos combinados de gas.

En toda implantación energética existen una serie de costes que hay que asumir. El primero es el derivado de los costes iniciales de implantación que tiene toda tecnología. Así pues la gran hidroeléctrica recibió importantes subvenciones públicas para construir pantanos, la nuclear un importante impulso de I+D con construcción de reactores rápidos e infraestructura nuclear para almacenamiento de residuos, y el carbón se implantó a base de unos importantes costes medioambientales que poco a poco se fueron sufragando.

El segundo coste importante son las amortizaciones. Toda inversión debe amortizar, devolver el capital que se ha consignado. Y esa devolución de capital tiene un coste derivado de los intereses financieros. Cuando en 1987 el sector eléctrico español debía pasar de un entorno protegido a otro más competitivo, se estableció un mecanismo contemplado en los Costes de Transición a la Competencia, regulado mediante el RD 1538/1987.

Este mecanismo a grandes rasgos establecía un baremo en el precio del pool eléctrico. Si éste se mantenía en la subasta por debajo de ese precio de referencia, la diferencia se ingresaba a las eléctricas para que amortizaran las centrales construidas con anterioridad a la entrada en vigor de ese decreto. Y estas centrales comprendían prácticamente todo la gran hidroeléctrica y el parque nuclear y de carbón al completo, o lo que es lo mismo, la mayor parte de la energía primaria en horas valle. Y este sistema funcionó hasta 1997, cuando alguien se dio cuenta que el mecanismo existía, una vez que ya se habían dado unos cuantos millones de euros de más a las eléctricas.

El tercer coste que aparece son los gastos de operación y mantenimiento. En algunos casos como la gran hidroeléctrica el "combustible" para producir electricidad se regala, mientras que en otros como el carbón o la nuclear se encuentra en parte subvencionado o sujeto a convenios marco de compra con terceros países. Y estos costes de estas centrales convencionales se sufragan mediante el pool eléctrico o lo que se conoce como mercado libre.

Como vemos, las fuentes convencionales de energía ya han cubierto sus dos primeros costes y compiten en el pool sólo con costes de operación y mantenimiento. Y a este pool se deja entrar a cualquier otra tecnología, y a partir de ahí voy a hacer una distinción entre dos tipos de tecnologías, la procedente de ciclos combinados de gas natural y las adscritas al régimen especial.

El gas entra al pool por dos razones principales. La primera es que los costes de amortización son relativamente bajos. Y la segunda por una cuestión estratégica de las grandes eléctricas. El precio del gas marca el precio del pool y así se aumenta considerablemente la remuneración que reciben las fuentes convencionales que sólo tienen costes de operación y mantenimiento.

Pero inicialmente las fuentes renovables no podían competir en ese pool debido a que sus costes de implantación provocaban que las amortizaciones fueran muy altas. Entonces se estableció otro sistema para que estas tecnologías entraran en el sistema en igualdad de condiciones y por razones estratégicas, que fue el sistema de primas, un sistema que establecía en esencia un mecanismo de pago de esas amortizaciones, contando con la peculiaridad de que esas tecnologías tienen en general unos costes de operación y mantenimiento muy bajos.

Por tanto, se puede concluir, y espero que quede de una vez claro, incluso para el Ministro de Industria, el señor Soria, ese gran ignorante del sector, que las primas a las renovables no son subvenciones sino un mecanismo de los muchos que existen y han existido en el mercado eléctrico de compensar los costes de amortización de estas fuentes para que puedan convivir con otras que ya han recibido esa compensación con anterioridad.

Y una vez que sacamos el tema, también afirmo que ha habido errores en la aplicación de ese mecanismo de primas. Ahora la fotovoltaica o la eólica compiten perfectamente a pool sin necesidad de compensar sus costes de amortización, ya que por ejemplo los costes de fotovoltaica se han dividido entre 7 desde 2008. Esta reducción de costes de implantación se tenía que haber previsto antes y haber establecido un mercado de subastas que fuera ajustando la prima trimestralmente. Así se hubieran ido rebajando progresivamente las primas y se hubiera creado una industria estable en eólica o fotovoltaica en España, una industria que se ha ido por patas gracias a las erráticas políticas energéticas.

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